La Corte presentó en Diputados el proyecto para adecuar el nuevo Régimen Penal Juvenil en San Juan

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El proyecto establece normas complementarias para aplicar en la provincia el nuevo Régimen Penal Juvenil, vigente en todo el país desde el 5 de septiembre.


El nuevo Régimen Penal Juvenil ya comenzó a regir en todo el país y San Juan dio este miércoles un paso clave para adecuar su funcionamiento judicial a la nueva normativa. A las 8:50 ingresó por Mesa de Entrada de la Cámara de Diputados el proyecto de ley que establece las disposiciones complementarias necesarias para su aplicación en la provincia.

El proyecto fue elaborado y presentado por la Corte de Justicia de San Juan, que solicitó al Poder Legislativo avanzar con su tratamiento y sanción. La Corte fundamentó la presentación en la atribución que le otorga el artículo 207, inciso 8, de la Constitución de San Juan, que habilita al máximo tribunal a enviar a la Legislatura proyectos vinculados con la organización y funcionamiento del Poder Judicial y con los códigos y leyes de procedimientos judiciales.

La presentación se produce luego de la entrada en vigencia de la Ley Nacional 27.801, que estableció el nuevo Régimen Penal Juvenil para la República Argentina y derogó el régimen penal de la minoridad establecido por el Decreto Ley 22.278 y sus modificaciones.

El nuevo marco nacional contempla a los adolescentes de entre 14 y 18 años y establece una serie de principios vinculados con la responsabilidad juvenil, la protección integral, el interés superior, la autonomía progresiva y el derecho a ser oído. También plantea la participación activa de las víctimas, la especialización de los operadores judiciales y la promoción de medidas alternativas a la privación de la libertad orientadas a la educación, resocialización e integración social.

En este contexto, la Corte consideró necesario dictar una norma complementaria para San Juan. El motivo está relacionado con que la provincia actualmente cuenta con un régimen procesal penal juvenil regulado por la Ley Provincial 754-O, que se encuentra dentro de un modelo procesal mixto inquisitivo.

Por ese motivo, el proyecto plantea establecer reglas complementarias que permitan aplicar el nuevo régimen nacional hasta tanto la provincia sancione un nuevo sistema procesal acusatorio adversarial.

Qué propone el proyecto
Entre los principales puntos de la iniciativa aparecen las medidas alternativas a la pena, con regulación específica para la conciliación, la reparación integral del perjuicio y la suspensión del juicio a prueba. El proyecto establece que estos mecanismos podrán ser solicitados por el Fiscal Penal de Niñez y Adolescencia, la defensa o incluso ser dispuestos de oficio, hasta la audiencia de debate.

En cuanto a la conciliación, se prevé para determinados delitos con contenido patrimonial cometidos sin grave violencia sobre las personas y para delitos culposos cuando no existan lesiones gravísimas ni resultado de muerte. También establece expresamente los casos en los que no podrá aplicarse, entre ellos delitos cuya pena máxima supere los seis años y determinados delitos contra la vida, la integridad sexual y los poderes públicos y el orden constitucional.

El proyecto también incorpora la reparación integral del perjuicio. Cuando el adolescente cumpla con la obligación asumida, el juez deberá dictar el sobreseimiento, mientras que durante el período de cumplimiento quedarán suspendidos los plazos de duración del proceso.

Otro de los mecanismos previstos es la suspensión del proceso a prueba, que podrá ser solicitada desde la audiencia de indagatoria y hasta la audiencia de debate, bajo los requisitos establecidos por la legislación de fondo. En caso de concederse, el juez deberá establecer las reglas de conducta y podrá disponer una reparación simbólica.

Además, la iniciativa regula el juicio abreviado para los delitos de acción pública. Para acceder a este procedimiento se requiere un acuerdo entre el fiscal, el adolescente imputado, su defensor y el Asesor Penal de la Niñez y Adolescencia sobre la existencia del hecho, la participación del imputado y la calificación legal.

El proyecto establece, además, que el juez no podrá imponer una pena superior ni más grave que la solicitada por el Fiscal Penal de Niñez y Adolescencia, aunque podrá absolver al adolescente cuando corresponda.

La propia Corte definió la iniciativa como un proyecto de Ley Complementaria del Régimen Penal Juvenil, pensado para brindar el marco procesal necesario para aplicar en San Juan las nuevas herramientas previstas por la legislación nacional.

Ahora, el proyecto quedó en manos de la Cámara de Diputados, que deberá avanzar con su tratamiento. La Corte solicitó expresamente que se realicen las diligencias necesarias para que el Poder Legislativo le dé sanción favorable a la iniciativa.